Los tribunales empiezan a indemnizar a los interinos por el abuso de los contratos temporales


Resumen:

Un juzgado de Vigo condena a pagar 52.000 euros a una investigadora del CSIC indefinida no fija.

Transcripción:

Los tribunales empiezan a indemnizar a los interinos por el abuso de los contratos temporales

Un juzgado de Vigo condena a pagar 52.000 euros a una investigadora del CSIC indefinida no fija

RAQUEL PASCUAL
Madrid

Los tribunales españoles empiezan a pronunciarse sobre el abuso de los contratos temporales en las administraciones públicas después de la última sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). Apenas una semana después de hacerse público que la justicia europea respondía al Tribunal Supremo español que ninguna de las vías que utilizan la normativa y la jurisprudencia españolas para sancionar el abuso de la temporalidad pública son suficientes, el Juzgado de lo Social de Vigo ha reconocido una indemnización de más de 52.000 euros a una trabajadora del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). Y ello a pesar de que la investigadora había sido reconocida como indefinida no fija e incluso había logrado una plaza para siempre en un proceso de estabilización.

La sentencia dictada por la plaza número 3 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Vigo (antiguo Juzgado de lo Social), con fecha del 20 de abril y que ha sido facilitada a este periódico por el abogado de Vento Abogados & Asesores que ha llevado el caso, Santiago Nandín, condena al CSIC a pagar a esta trabajadora 52.104,99 euros más intereses. Esta cantidad había sido reclamada por la empleada "como medida sancionadora al abuso de la temporalidad en su relación temporal de larga duración", indica el pronunciamiento.

El juzgado gallego reconoce a la demandante una antigüedad en su relación laboral con el CSIC desde el 24 de marzo de 2008 hasta el 10 de junio de 2025, en que, tras el correspondiente proceso selectivo, se declaró adjudicataria de la plaza laboral fija. Por tanto, la indemnización viene a compensar todos estos años, a pesar de que en noviembre de 2010 la trabajadora había sido reconocida como indefinida no fija, por sentencia.

El fallo —que no es firme y puede recurrirse al Tribunal Superior de Justicia de Galicia— justifica que esta relación laboral como indefinida no fija, que la jurisprudencia española reconoce a los empleados públicos que encadenan abusivamente contratos, no es compensación suficiente para este abuso. Y para ello, antes de que el Tribunal Supremo dicte su propio fallo sobre esta materia para el que pidió aclaraciones al TJUE, apela a la reciente sentencia de la justicia comunitaria del pasado 14 de abril. En concreto, cita cómo el TJUE confirma que la transformación en una relación laboral indefinida no fija, como medida para sancionar los abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos de duración determinada, "no permite sancionar debidamente tal utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión".

El responsable del Área de Empleo Público de Vento, Pablo Guntiñas, explica que "el abuso de la temporalidad tiene que ser sancionado independientemente de si se ha cesado o no al trabajador o si ha conseguido una plaza en un proceso de estabilización".

Protesta en Madrid en diciembre. JAVIER LIZÓN (EFE)