Facturación falsa: la gran fuga fiscal de México


Resumen:

Facturación falsa: la gran fuga fiscal de México

Transcripción:

Facturación falsa: la gran fuga fiscal de México

A PESAR DE LOS PROGRAMAS DE FISCALIZACIÓN Y LAS REFORMAS LEGALES, EL AVANCE EN LA VÍA JUDICIAL HA SIDO LIMITADO

La facturación falsa es una de las modalidades más graves de corrupción por las que atraviesa México. En términos sencillos, consiste en simular transacciones económicas que en realidad nunca existieron, con la finalidad de pagar menos impuestos, obtener devoluciones fiscales u obtener otro beneficio económico de manera ilegítima.

Esta modalidad de defraudación fiscal representa un saqueo multimillonario al Estado. Entre 2014 y 2019, el SAT identificó 8,204 empresas fantasma, capaces de generar 8,827,000 facturas falsas, por un monto de 1.6 billones de pesos. El fraude derivado alcanzó 354 mil millones de pesos, equivalente al 1.4% del PIB nacional.

Para 2025 existen 1,500 carpetas de investigación contra empresas fraudulentas, que siguen detenidas en los tribunales porque ningún juez ha emitido órdenes de aprehensión. A esto se suman 800,000 empresas registradas en el Registro Federal de Contribuyentes que están inactivas y consideradas de riesgo por poder usarse como compañías fantasma.

Todo esto muestra un grave rezago que impide avanzar en el combate a la evasión.

El tamaño de la evasión es abrumador.

Se calcula que las "factureras" ya mueven alrededor de 3.1 billones de pesos, con un impacto directo de 1.45 billones de evasión fiscal, monto equivalente al 27% de los ingresos por impuestos estimados en la Ley de Ingresos de 2025.

Ningún otro esquema ilegal erosiona con tanta fuerza la recaudación como la facturación falsa. Hoy, en el contexto del Paquete Económico 2026, el fenómeno sigue vivo. Si bien se han introducido medidas para combatirlo, los vacíos normativos permiten que este cáncer fiscal continúe creciendo bajo la sombra de la impunidad.

El combate a la facturación falsa adquirió un marco legal decisivo en 2014 con la incorporación del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), que permite presumir como inexistentes las operaciones de contribuyentes inlocalizables o sin capacidad material. En otras palabras, compañías que existen solo en papel. El riesgo no se limita a quienes emiten facturas falsas o simuladas (las llamadas EFOS), sino también a quienes las compran o deducen (las EDOS) para inflar gastos y reducir artificialmente su carga tributaria.

La gravedad del fenómeno obligó a medidas más drásticas. En diciembre de 2024, el Congreso reformó el artículo 19 constitucional para incluir cualquier actividad vinculada con comprobantes fiscales falsos dentro de los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.

El problema es que la sofisticación de los mecanismos rebasa a la fiscalización tradicional. Ya no se trata solo de comprobantes apócrifos, sino de Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI) auténticos en forma (con folio, sello digital, receptor, fecha y hora exacta) que encubren operaciones inexistentes: servicios jamás prestados, bienes nunca entregados, flujos de efectivo que nunca ocurrieron.

Las cifras son demoledoras; de 2014 a la fecha, 13,594 contribuyentes han sido señalados como presuntos EFOS. Apenas 353 han logrado desvirtuar la acusación y solo 1,705 obtuvieron sentencias firmes que anularon la determinación.

Al 4 de septiembre de 2025, 12,644 contribuyentes han sido confirmados como EFOS en situación definitiva. Sin embargo, no existe información pública sobre cuántos de estos casos han llegado a un proceso penal efectivo.

A pesar de los programas de fiscalización y las reformas legales, el avance en la vía judicial ha sido limitado. El SAT logra detectar los casos y la Procuraduría Fiscal recibe los expedientes, pero en los tribunales no se han emitido órdenes de aprehensión. En la práctica, los esfuerzos se concentran en la detección, mientras que las sanciones efectivas son escasas, lo que mantiene vigente el incentivo para recurrir a la facturación falsa.

En este contexto, las medidas incluidas en el Paquete Económico 2026 representan un paso importante para alinear la legislación al mandato constitucional; no introduce nuevos impuestos, pero sí redibuja el terreno de juego para las empresas y emprendedores. La reforma al CFF amplía el concepto de "factura falsa" y endurece las consecuencias. A partir de 2026, no solo se considerarán inválidos los comprobantes sin sustento, sino también aquellos CFDI timbrados y aparentemente válidos que carezcan de "materialidad", es decir, cuya operación nunca haya existido en la realidad.

Además, la reforma responsabiliza también a quienes contraten con proveedores vinculados a redes de factureras, cerrando un vacío que hasta ahora permitía a muchas empresas escudarse en la supuesta buena fe. En 2026, la carga de la prueba se invierte; ya no bastará con tener la factura timbrada, habrá que demostrar que la operación ocurrió realmente.

El Paquete Económico 2026 reconoce esta amenaza y da pasos importantes al ampliar la definición de comprobante fiscal inválido y reforzar sanciones. Sin embargo, la realidad es que aún existen vacíos normativos e institucionales que permiten que las redes de EFOS y EDOS sigan operando con relativa impunidad.

El reto ya no está solo en detectar, sino en judicializar. Hasta ahora, las listas negras del SAT exhiben miles de contribuyentes, pero muy pocos expedientes han llegado a sentencia firme. Mientras la probabilidad de sanción real sea mínima, el negocio seguirá siendo rentable. Por eso, la agenda pendiente es clara: precisar jurídicamente qué es facturación simulada, alinear el artículo 69-B con contratación pública y prevención de lavado, y publicar listas completas tanto de EFOS como de EDOS.

Las propuestas complementarias son inevitables: fortalecer la figura de razón de negocios para combatir operaciones sobrevaluadas; notificar por buzón tributario y no solo en el Diario Oficial para evitar indefensión; vincular reincidencias directamente con la lista de EFOS; exigir que en la subcontratación especializada se incorpore el registro vigente de la Secretaría del Trabajo en cada CFDI; y establecer controles preventivos de facturación con límites y alertas tempranas. Igualmente, se requiere facultar al SAT para suspender de inmediato los certificados de sello digital en casos de irregularidades graves.

A ello se suma la necesidad de crear una certificación de contribuyentes cumplidos, incentivar la denuncia con mecanismos de recompensa, imponer responsabilidad solidaria a notarios que constituyan empresas fachada y sancionar también a entes públicos que contraten con factureras. Finalmente, debe fortalecerse el marco penal para que el uso de comprobantes "formalmente válidos, pero materialmente falsos" sea sancionado como defraudación fiscal calificada y perseguido con prisión preventiva oficiosa.

El combate a la facturación falsa debe ser una política de Estado, en la que las instancias públicas demuestren con acciones concretas la voluntad política para, finalmente, acabar con este lastre que tanto afecta a México. "Ningún otro esquema ilegal erosiona con tanta fuerza la recaudación como la facturación falsa. Hoy, en el contexto del Paquete Económico 2026, el fenómeno sigue vivo".

SI BIEN SE HAN INTRODUCIDO MEDIDAS PARA COMBATIRLO, LOS VACÍOS NORMATIVOS PERMITEN QUE ESTE CÁNCER FISCAL CONTINÚE.

ALFONSO RAMÍREZ CUÉLLAR