Resumen:
Las Comisiones Unidas de Asuntos Político-Electorales y de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México aprobaron reformas para la elección de personas juzgadoras, integrando preceptos de la Ley 3 de 3 contra la violencia de género.
Transcripción:
Las Comisiones Unidas de Asuntos Político-Electorales y de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México aprobaron reformas para la elección de personas juzgadoras, integrando preceptos de la Ley 3 de 3 contra la violencia de género.
La reforma, que será avalada esta misma semana en el pleno, incluye requisitos y procedimientos para la elección de magistrados y jueces, y establece que los candidatos deben presentar su declaración patrimonial y no tener antecedentes de violencia.
Así, no podrán participar en el proceso personas con antecedentes de violencia y se establecieron requisitos y procedimientos para ser magistrados y jueces, como la presentación de la declaración patrimonial y no estar inscritos en registros de personas agresoras sexuales o sancionadas por violencia política de género.
Asimismo, quedó establecido que el Instituto Electoral de la Ciudad de México será el encargado de organizar la elección de jueces y magistrados en la capital del país.
Legisladores de oposición expresaron críticas a la propuesta, debido a vicios de constitucionalidad y preocupaciones sobre la certeza del proceso electoral para los integrantes del poder Judicial.
La presidenta de la Comisión, Daniela Gicela Álvarez Camacho, señaló que la iniciativa de los grupos parlamentarios de Morena, PT, PVEM y PRD, y asociaciones parlamentarias Progresista de la Transformación y Mujeres por el Comercio Feminista e Incluyente, en materia de reforma al poder Judicial responde a la obligación como poder legislativo de aplicar las adecuaciones legislativas necesarias para alinear la normatividad local al mandato federal.
Recordó la publicación en el Diario Oficial de la Federación, el 15 de septiembre pasado, del decreto por el que se reforma, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Constitución en materia de reforma al poder judicial, señala que las entidades federativas tendrán un plazo de 180 días naturales a partir de su entrada en vigor para realizar adecuaciones a las constituciones locales.
La diputada Jannete Elizabeth Guerrero Maya aseguró que esta reforma transformará al Poder Judicial, haciéndolo más cercano, humano y accesible para todas y todos, "con un sólido compromiso con la justicia", en particular con los sectores vulnerables y con equidad de género, e igualdad de mujeres y hombres en los puestos clave, que serán electos con procesos transparentes, y con una renovación escalonada en los cargos.
Para completar este paquete de reformas también se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley Procesal Electoral, ambos de la Ciudad de México, en materia de la reforma al poder Judicial.
Al respecto, el diputado panista Diego Orlando Garrido López señaló que la elección de ministros, jueces y magistrados contiene un vicio de constitucionalidad, ya que el artículo 105 de la Constitución federal establece claramente que no se puede modificar la Ley Procesal Electoral ni el Código Electoral local, 90 días antes de la elección.