Determinan omisión en proceso judicial


Resumen:

El Tribunal Electoral local determinó que el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) fue omiso en responder al desistimiento que hicieron dos personas en sus aspiraciones a renovar el Poder Judicial capitalino.

Transcripción:

El Tribunal Electoral local determinó que el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) fue omiso en responder al desistimiento que hicieron dos personas en sus aspiraciones a renovar el Poder Judicial capitalino.

Se trata de dos ciudadanos que promovieron diferentes juicios en contra del Comité Evaluador del Poder Judicial y del IECM.

En el expediente TECDMX-JLDC-017-2025, el quejoso señaló que se registró para participar en el proceso de selección de candidatos para magistrado en materia familiar, pero, al haber resultado insaculado, presentó ante el Comité de Evaluación del Poder Legislativo un escrito en el cual manifestaba su voluntad para declinar a dicha postulación.

Sin embargo, no recibió alguna contestación, por lo cual recurrió al IECM, aunque esta última dependencia tampoco se pronunció.

Con ello, el Tribunal estudió el caso y determinó sobreseer la demanda de omisión hacia el Comité Evaluador, pero declaró fundado el descuido atribuido al Instituto Electoral.

"Se propone declarar fundada la omisión dirigida a la autoridad electoral administrativa, ya que en autos no obra constancia de respuesta, de ahí que se considere procedente ordenar que actúe en consecuencia", explicó en una sesión Lilián Herrera, Secretaria de Estudio y Cuenta.

En un caso similar, una persona inició el juicio TECDMX- JLDC-018/2025, en el cual explicó que desistió en su aspiración a ser candidato a magistrado en materia familiar.

El actor denunció que los Comités de Evaluación de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial y el IECM fueron omisos en dar respuesta a sus escritos de desistimiento.

El Tribunal resolvió sobreseer la demanda en contra los Comités de Evaluación, pero declaró fundado el agravio por parte del Instituto Electoral.

"La omisión reclamada al Instituto Electoral de la Ciudad de México es fundada, ya que de las constancias de autos se advierte que la parte actora solicita por escrito declinar la candidatura y no recibió respuesta", detalló Diana Lugo, secretaria de Estudio y Cuenta.

"Por lo tanto, se propone ordenar al Instituto responsable que se pronuncie sobre el escrito presentado por la parte promovente en los términos precisados en la sentencia".

En tanto, el Tribunal desechó otros cinco expedientes, en los cuales los quejosos buscaban controvertir el proceso de insaculación celebrado por el Comité de Evaluación del Poder Legislativo de la CDMX.

Diana Lugo, secretaria de Estudio

"La omisión reclamada al IECM es fundada, ya que de las constancias de autos se advierte que la parte actora solicita por escrito declinar la candidatura y no recibió respuesta".