Transcripción:
EN PROMEDIO, POR ACOSO SEXUAL
FGJCM recibe cuatro denuncias diariamente
De enero a septiembre de 2025, la Fiscalía local abrió mil 194 carpetas de investigación por este delito
GLORIA LÓPEZ
ada día, en promedio, cuatro mujeres presentan denuncias por acoso sexual ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX). De enero a septiembre de 2025 se abrieron mil 194 carpetas de investigación por este delito.
De acuerdo con el boletín de incidencia delictiva de la dependencia, en 2024 se registraron mil 189 casos, por lo que se mantuvo la tendencia de cuatro denuncias diarias por acoso sexual.
Los reportes de la Fiscalía capitalina indican que de enero a septiembre de 2019 a 2025, las denuncias pasaron de 693 a mil 194, lo que representa un aumento del 72 por ciento. El 2023 registró el número más alto en los últimos siete años con mil 357 carpetas de investigación.
Actualmente el acoso sexual en la Ciudad de México se considera un delito en el artículo 179 del Código Penal local, tiene un pena de uno a tres años de prisión, multas de 100 a 200 días de unidad de medida y se persigue de oficio.
El ordenamiento local señala que a quien solicite favores sexuales para él, a una tercera persona 0 realice una conducta sexual no deseada que cause daño o sufrimiento psicoemocional a una persona, se le aplicará la sanción mencionada.
La penalidad sube una tercera parte cuando entre el agresor o la víctima existe una relación jerárquica, docente o doméstica. Cuando el acoso es cometido por un servidor público, además de la agravante anterior se incluye la destitución e inhabilitación del cargo. Por el mismo periodo de la pena impuesta.
La presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, formará parte de las estadísticas del mes de noviembre de este año, luego de que el martes fue víctima de acoso sexual a plena luz del día, en el Centro Histórico cuando se dirigía a una reunión en la Secretaría de Educación Pública.
Otro caso de acoso ocurrió hace cinCO días, en un video que se hizo tenden cia en redes sociales, una mujer exhibió el acoso sexual que vivió por parte de un hombre en el Zócalo capitalino. La joven de nombre Dayana se encontraba grabando la Ofrenda Monumental del Día de Muertos, donde se observa que el hombre la sigue a diversos espacios donde camina y la mira insistentemente mientras ella intenta alejarse de él.
El delito de acoso sexual se tipificó en el 2002, cuando la entonces Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) reformó el Código Penal local para incluir el artículo 179.
Antes de eso, las conductas de acoso podían denunciarse solo como "faltas a la moral" 0 bajo figuras más amplias como "abuso sexual", pero no existía una categoría específica.
En 2019, con la reforma al Código Penal de la Ciudad de México, se fortaleció la definición de acoso sexual y se incluyeron agravantes, por ejemplo cuando el agresor es servidor público o hay una relación de subordinación laboral o escolar.
En 2021 en el Código Penal, los artículos 176 y 177 se referían al abuso sexual. El artículo 176 mecionaba "que al que sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella un acto sexual, la obligue a observarlo o la haga ejecutarlo, se le impondrá de uno a seis años de prisión.
Se entiende por acto sexual, cualquier acción dolosa, con sentido lascivo y caracterizada por un contenido sexual que se ejerza sobre el sujeto pasivo".
El articulo 177. indicaba "al que sin el propósito de llegar a la cópula ejecute un acto sexual en una persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo, o la obligue a observar o ejecutar dicho acto, se le impondrán de dos a siete años de prisión.
Si se usa la violencia física o moral, la pena aumentará en una mitad".
De acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el acoso sexual es una forma de violencia que conlleva un abuso de poder, aun cuando no exista una relación de subordinación de quien comete el acto respecto de la víctima, ya que la coloca en un estado de indefensión o de riesgo, esta forma de violencia se concreta en expresiones físicas 0 verbales referidas al cuerpo o la sexualidad de la persona.
Este delito vulnera el derecho de las mujeres a la integridad física, psíquica y moral. la libertad sexual, la dignidad e intimidad de la persona. " CLAUDIA SHEINBAUM PRESIDENTA DE MÉXICO "Si no presento denuncia, en qué condición se quedan todas las mujeres mexicanas. Si esto le hacen a la Presidenta, qué va a pasar con todas las jóvenes de nuestro país"
El 2023 registró el número más alto en los últimos siete años con mil 357 carpetas de investigación por el delito de acoso sexual
R.O.
Fung MI QUIERE NO JODER PODER MICUIA Stay ALIVE AESTO SELE LLAMA PELEAR VATO NONACÍ ICUADORA NI UNA MAS! ARCHIVO ROMINA SOLÍS GUSTAN MUJERES
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