Columna Invitada // La paridad no se improvisa: así se garantizó en la elección del Poder Judicial


Resumen:

La paridad no se improvisa: así se garantizó en la elección extraordinaria para integrar el Poder Judicial

Transcripción:

La paridad no se improvisa: así se garantizó en la elección extraordinaria para integrar el Poder Judicial

La elección extraordinaria para integrar el Poder Judicial de la Ciudad de México no solo fue inédita por el tipo de cargos en disputa, sino porque colocó a la paridad como un principio estructural desde el diseño del proceso. En esta ocasión, la paridad no se confió a la buena voluntad de las candidaturas ni se dejó como un resultado eventual. Se anticipó desde el diseño normativo, territorial y operativo, con medidas que trascendieron la simple igualdad formal.

Desde la emisión misma de la convocatoria pública, se estableció con claridad cuántos cargos estaban dirigidos específicamente a mujeres: 3 de 5 en el Tribunal de Disciplina Judicial, 17 de 34 en las magistraturas y 49 de 98 en los juzgados. Esta determinación fue una medida de acción afirmativa estructural, pensada no como una excepción, sino como una obligación jurídica orientada a corregir desigualdades históricas y garantizar la participación igualitaria de las mujeres.

A ello se sumó una decisión clave del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México: definir de forma anticipada en qué distritos judiciales las mujeres competirían únicamente entre sí. Con esta fórmula, no solo se aseguraron espacios para las mujeres, sino que se garantizó que dichos cargos efectivamente fueran ocupados por ellas, eliminando con ello los márgenes para simulaciones.

Los resultados dan cuenta del alcance de esta estrategia. En total, se registraron 311 mujeres como candidatas y 69 de ellas obtuvieron el triunfo en las urnas. Este número no solo refleja una participación destacada, sino que evidencia que, cuando se establecen condiciones institucionales justas y previsibles, las mujeres acceden a espacios de poder en igualdad de circunstancias, con perfiles sólidos y proyectos claros.

Otro dato relevante es que, a diferencia de otros procesos, en esta elección judicial se registró un número particularmente bajo de Procedimientos Especiales Sancionadores relacionados con violencia política contra las mujeres en razón de género o contra personas con cargo motivado en su expresión de género. La baja incidencia puede entenderse como el resultado de un diseño institucional que evitó tensiones innecesarias, clarificó las reglas desde el inicio y redujo incentivos para prácticas discriminatorias.

En suma, esta elección demostró que la paridad efectiva no es una aspiración abstracta ni una meta postergada. Es una condición que puede y debe incorporarse desde el inicio del proceso. La experiencia de la Ciudad de México muestra que garantizar la participación igualitaria de las mujeres implica decisiones técnicas, jurídicas e institucionales concretas.

La paridad no se improvisa: se diseña con responsabilidad democrática y compromiso estructural. @soniaperezmx

SONIA PÉREZ PÉREZ