Transcripción:
Separación de poderes: para una sociedad justa, equitativa y democrática
La reciente intervención de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, en el proceso legislativo respecto a la iniciativa ciudadana preferente que busca detener las corridas de toros en la entidad, amerita un análisis profundo sobre la integridad de las instituciones y la importancia de defender el respeto a la separación de poderes y las competencias de cada órgano del Estado.
Esta acción judicial, vista por muchos como una invasión a las atribuciones del Poder Legislativo, más allá de trascender, sólo condujo a interrogantes sobre la autonomía de las instituciones y la integridad de los procesos democráticos.
Como muchos sabemos, el 1 de septiembre del año pasado, más de 70 organizaciones unidas presentaron una iniciativa ciudadana con el objetivo de prohibir las corridas de toros, novilladas, peleas de gallos y otros eventos que implican sufrimiento animal en la Ciudad de México. Esta propuesta fue avalada por más de 27 mil firmas validadas por el Instituto Electoral de la ciudad, superando con creces el porcentaje requerido de la lista nominal electoral.
Tras ser admitida por el Congreso en enero de 2025, la iniciativa comenzó su proceso legislativo. Sin embargo, el 1 de marzo, a sólo unos días de que se venciera el plazo para ser discutida, la Sala Constitucional ordenó al Congreso abstenerse de analizar, discutir o aprobar la propuesta, respondiendo a un escrito presentado por el diputado Alberto Vanegas.
Este acto no sólo fue un error y una ilegalidad, también fue una evidente invasión a las facultades del Poder Legislativo. La Constitución Política de la Ciudad de México es clara en la división de poderes: el Legislativo tiene la facultad de discutir y aprobar leyes, mientras que el Judicial sólo interpreta y aplica dichas leyes en casos concretos, de tal modo que la intervención de la Sala Constitucional en un proceso legislativo en curso fue una intromisión indebida, con claros indicios de obstaculizar esta iniciativa histórica impulsada por la ciudadanía.
Y es que la Ley de la Sala Constitucional no otorga facultades al Poder Judicial para interferir en asuntos legislativos en etapa de análisis. Cabe recordar que, en una ocasión previa, cuando la diputada Daniela Álvarez solicitó la opinión de la Sala Constitucional sobre una consulta ciudadana relacionada con el mismo tema, ésta se declaró incompetente para intervenir, argumentando que inmiscuirse en asuntos legislativos no era de su competencia, entonces, ¿cómo pudo ahora emitir un fallo para paralizar el proceso legislativo? ¿Se aplicaron criterios políticos en lugar de jurídicos?
Dichos actos, tanto el escrito como la resolución al mismo, aun cuando llevan nombre y apellido, sientan un precedente preocupante para la democracia en la Ciudad de México. Si ese tipo de interferencias se normalizan, cualquier iniciativa ciudadana futura podría ser bloqueada mediante argucias legales, debilitando la voz de la ciudadanía y socavando los mecanismos de participación democrática.
No podemos permitir que se pierda la separación de poderes, ya que este principio es fundamental para evitar la concentración del poder y garantizar un sistema de pesos y contrapesos que proteja los derechos de la ciudadanía y asegure el equilibrio institucional.
Las instituciones deben actuar con transparencia y apego a la legalidad. Respetar las competencias de cada órgano es vital para fortalecer la democracia y garantizar que los intereses del pueblo prevalezcan sobre cualquier interés particular. Sólo así podremos construir una sociedad más justa, equitativa y respetuosa de los derechos de todos los seres que la conforman.
La Ley de la Sala Constitucional no otorga facultades al Poder Judicial para interferir en asuntos legislativos en etapa de análisis.
Jesús Sesma Suárez