Transcripción:
REPARTO DE MERCANCÍAS
La Corte avala cobrar a Uber y DiDi por usar infraestructura urbana
Finanzas recordó que la medida está dirigida a las plataformas digitales, no a los repartidores o consumidores
POR GEORGINA OLSON
georgina.olson@gimm.com.mx
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que es constitucional cobrar 2% sobre comisiones a las plataformas digitales por la entrega de mercancías y determinó que es un cobro legítimo por el "uso O aprovechamiento de la infraestructura urbana", como son las calles y avenidas.
Se trata de un cobro que se estableció desde el Paquete Fiscal 2022, sin embargo, la empresa Uber se amparó en febrero de ese año, señalando que la medida violaba principios fiscales.
Ayer, el pleno de la SCJN estableció que el ingreso previsto en el artículo 307 TER del Código Fiscal de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la ciudad el 30 de diciembre de 2021, no se relaciona con el cobro de contribuciones que, por contrario, tiene la naturaleza jurídica de un "aprovechamiento", como medida compensatoria resarcitoria a favor de la ciudad por los altos impactos en movilidad.
La Secretaría de Administración y Finanzas manifestó que el aprovechamiento está dirigido "únicamente a las plataformas digitales de intermediación y de ninguna manera el pago está a cargo de los repartidores ni de los que ofrecen las mercancías o víveres, y tampoco a quienes adquieren esos bienes".
Sin embargo, decenas de integrantes de Repartidores Unidos de México (RUM) se manifestaron ayer afuera de la SCJN para expresar su descontento.
"Ya tenemos que pagar impuestos, como el IVA y el ISR y lo de la reforma laboral, y siempre quieren más. Este impuesto va a tener mucho impacto en los ingresos que podemos llevar a nuestras casas cada día", dijo uno de los manifestantes. 2% ES EL COBRO de impuesto sobre comisiones las plataformas digitales
Foto: Reuters
El impuesto en cuestión quedó establecido desde el Paquete Fiscal 2022, pero Uber buscaba un amparo.