Transcripción:
PARA LA ELECCIÓN DE SUS CARGOS DIRECTIVOS
REGLAMENTO DE LA UAM ES POCO CLARO
El procedimiento de designación es ambiguo y concentra todo el poder en la figura del rector; la propia ley impide a la comunidad informarse con tiempo
DIEGO RAYA
GRUPO CANTÓN
CIUDAD DE MÉXICO.- En medio del proceso para designación del nuevo rector de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), el reglamento de elecciones para los cargos directivos de la institución es poco claro y ambiguo, además de que ya ha sido violado en distintas instancias por los propios funcionarios de alto nivel. Además, la propia ley interna no permite a la comunidad informarse con tiempo de los candidatos a rectores de la institución.
El marco normativo está disperso en la Ley Orgánica de la UAM y en reglamentos internos como el Reglamento Orgánico de la Junta Directiva y del Colegio Académico.
La Ley Orgánica exige que los aspirantes a rector o miembro de la Junta Directiva tengan entre 30 y menos de 70 años, nacionalidad mexicana, título de licenciatura, experiencia académica y probidad.
Empero, carece de reglas cla ras sobre tiempos de campaña, difusión de propuestas o participación de la comunidad, lo que deja sin espacios a la comunidad estudiantil para conocer a sus futuras autoridades.
El Reglamento Orgánico fue aprobado en 2012, y detalla el proceso de elección de la Junta Directiva, pero tampoco obliga a publicar entrevistas, planes de trabajo o periodos de registro. En realidad, establece solo un mínimo de 15 días hábiles para registrar candidaturas y 10 días para la elección, lo cual no garantiza agendas informativas con la comunidad de los planteles de la UAM.
Por ello, procedimientos como el registro, difusión de planes y la llamada auscultación presencial -proceso de consulta y recopilación de información- pueden ejecutarse en plazos breves, impidiendo que estudiantes y académicos conozcan a fondo las propuestas.
Todas las ambigüedades de la normativa han provocado incluso violaciones a la ley, en las cuales, funcionarios mayores de 70 años continúan en cargos pese a que es algo prohibido.
LEYES Todas las ambigüedades de la normativa han provocado incluso violaciones a la ley 70 años es el límite para ejercer en la Junta Directiva, pero hay quienes rebasan esa edad
Carecen de reglas claras sobre tiempos de campaña