Transcripción:
División de la CDMX en distritos judiciales
Al plantearse la reforma constitucional para la elección de personas juzgadoras por el voto popular, se hablaba de que cada persona electora votaría por la totalidad de cargos a renovar.
Esto habría implicado que, tan solo en el caso de la Ciudad de México, hubieran aproximadamente 1,179 candidaturas del ámbito federal y 843 del ámbito local, lo que habría generado que el electorado recibiera un gran número de boletas, un aumento en el tiempo para emitir el voto, así como dificultades para el escrutinio y cómputo de la votación.
En este contexto, el INE, después de analizar distintos escenarios, determinó dividir el territorio nacional en circuitos judiciales y distritos judiciales. Estas son demarcaciones territoriales con la finalidad de optimizar el número de candidaturas presentadas a la ciudadanía, procurar un equilibrio entre el número de electores que votarán por cada cargo y facilitar tanto el ejercicio del voto de la ciudadanía como el diseño de boletas electorales y documentación electoral, así como las actividades de escrutinio y cómputo.
Al analizar el marco geográfico aprobado por el INE, se advierte que, para la Ciudad de México, donde serán electas 104 magistraturas de circuito y 64 personas juzgadoras de distrito, el instituto creó 11 distritos judiciales, procurando que cada uno tuviera un número similar de personas electoras.
Algunos de los argumentos para dividir el territorio de la Ciudad en distritos judiciales consistieron en las dificultades operativas y prácticas que se presentaban, pues la boleta electoral habría incluido la totalidad de candidaturas por cargo, lo que habría obstaculizado el ejercicio del voto por parte de la ciudadanía, así como las labores de escrutinio y cómputo para determinar el resultado de la elección, afectando así la certeza del proceso electoral extraordinario.
Con la división referida, en cada demarcación se pondrá en consideración un número reducido y específico de candidaturas, observando diversos criterios que ya han sido aprobados por el INE, entre los cuales destacan el principio de paridad y la asignación de materias por especialidad. Por ejemplo, en el Distrito Judicial I de la Ciudad de México, se elegirán 9 magistraturas de circuito, entre las cuales se encuentra la única correspondiente a la materia Administrativa Especializada en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones. Por lo que se refiere al ámbito local, si se considerara un marco geográfico específico semejante o armónico al aprobado por el INE, no solo se debería tomar en cuenta la extensión territorial de las demarcaciones y el número de cargos a elegir —que para el proceso electoral en curso asciende a 138: 5 magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial, 34 magistraturas y 99 titulares de juzgados— sino que también tendría que observarse el principio de paridad, distribuir equitativamente las distintas materias de especialidad de los cargos a renovar y procurar un número aproximado de electores en cada demarcación.
Se trata de una definición sobre la que actualmente trabaja el IECM y de la que, en breve, adoptará la determinación que corresponda, garantizando tanto la óptima organización del proceso como el ejercicio del derecho al sufragio por parte de la ciudadanía electora.
*CONSEJERA DEL IECM.
SONIA PÉREZ PÉREZ