Fin de sexenio: Gobierno de AMLO actuó contra la ley en varios casos, pese a promesa de cumplirla


Resumen:

Por encima de la ley, nadie", es una de las frases que utilizó el presidente Andrés Manuel López Obrador en seis años de sus conferencias matutinas. E incluso plasmó esa máxima en su Plan Nacional de Desarrollo. Pero no lo cumplió.

Transcripción:

Por encima de la ley, nadie", es una de las frases que utilizó el presidente Andrés Manuel López Obrador en seis años de sus conferencias matutinas. E incluso plasmó esa máxima en su Plan Nacional de Desarrollo. Pero no lo cumplió.

El sexenio estuvo marcado por continuas violaciones a la ley electoral durante las conferencias matutinas; la violación de normas de protección de datos personales, y la construcción de obras emblemáticas por encima de las leyes ambientales, por mencionar algunas de las acciones.

Tren Maya, Dos Bocas: obras avanzaron sin estudios ambientales

Para el proyecto Tren Maya en el sureste mexicano se ejecutaron obras antes de contar con todos los permisos ambientales y de factibilidad, requeridos por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).

También desacataron las suspensiones dictadas por los jueces, que buscaban frenar los avances de obras debido a las irregularidades denunciadas.

Durante la construcción del Tramo 5 y ante la denuncia de grupos de ambientalistas en Quintana Roo, por ejemplo, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) reconoció en 2022 que el documento de Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) apenas se encontraba en proceso de elaboración, y medio mes más tarde presentaron el estudio.

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) señaló en sus revisiones a la cuenta pública que en los tramos 2 y 3 del proyecto las obras arrancaron sin contar antes con la MIA.

En cuanto al Tramo 6, que va de Tulum a Chetumal, en Quintana Roo, la ASF refirió que en 2022 "no se acreditó el Programa de Vigilancia Ambiental en el que se señalan las acciones que se habrían de realizar (...), así como la documentación mediante la cual se llevaron a cabo las medidas de mitigación (...)".

Y en el tramo 7, de Chetumal a Escárcega, en los estados de Quintana Roo y Campeche, "no se acreditó que se hubieran realizado las medidas de mitigación (ambiental)".

Iyari Balderas Cruz, integrante de la Red de Acción Climática (Reacciona), criticó que "no se llevaron las manifestaciones de impacto ambiental como se debieron de haber hecho, ya que lo que hicieron fue hacer manifestaciones cuando ya estaban construyendo o deforestando".

Debido a la falta de vigilancia ambiental por parte de autoridades, en el tramo 5 se perforaron las cavernas subterráneas del sistema Aktun T'uyul, pues fueron atravesadas por pilotes de acero, afectando el ecosistema, alterando la calidad del agua y destruyendo el patrimonio geológico. Cuando comenzó la perforación, activistas interpusieron un amparo para frenar la obra, y aunque un juez les dio la razón, las obras continuaron.

En cuanto a la refinería de Dos Bocas, ubicada en Paraíso, Tabasco, se trata de uno de los proyectos emblema del presidente Andrés Manuel López Obrador, cuyo costo se duplicó, su entrega se retrasó en cinco ocasiones y sus proveedores tienen antecedentes de corrupción.

De acuerdo con el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) la refinería tampoco contaba con la Manifestación de Impacto Ambiental cuando inició obras. Algunos de los efectos ambientales fueron el desmonte y el cambio de uso del suelo, afectando el agua, aire, suelo y vegetación y fauna silvestre del sitio.

Exposición de datos de particulares y opacidad sobre información pública

La transparencia fue una de las áreas afectadas durante el sexenio de López Obrador. No solo por la actual iniciativa que busca extinguir al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), también por la reserva constante de información y la exposición de datos de particulares como periodistas, empresarios y políticos que criticaron a la administración obradorista.

La comisionada del INAI, Julieta del Río Venegas, señaló que durante este sexenio el gobierno no ha cumplido con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

"Si fueran apegados a la normativa que marca la Ley Federal de Transparencia no habría omisión en la entrega de información pública en materia de acceso, o no habría negativa para que la utilidad social de este derecho funcionara", señaló.

Durante el sexenio aumentaron el número de impugnaciones presentadas por usuarios de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) denunciando insatisfacción en la información entregada en sus solicitudes de información. Crecieron un 68% entre 2018 y 2023, al pasar de 11 mil 963 a 20 mil 083.

Por otro lado, en la conferencia matutina, López Obrador expuso datos personales de periodistas como Carlos Loret de Mola y Natalie Kitroeff, pero también de la excandidata presidencial opositora, Xóchitl Gálvez.

Esto a pesar de que el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales señala que "el Estado garantizará la privacidad de los individuos y deberá velar porque terceras personas no incurran en conductas que puedan afectarla arbitrariamente".

La comisionada Del Río Venegas detalló que existen 15 resoluciones recientes del INAI por la vulneración de datos personales. La mayoría relacionadas con la filtración de datos de periodistas acreditados para cubrir la conferencia matutina en Palacio Nacional.

De acuerdo con las resoluciones disponibles en la Plataforma Nacional de Transparencia, la Oficina de Presidencia incumplió los principios de proporcionalidad, responsabilidad, lealtad, licitud y seguridad de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

El gobierno en tanto argumentó que no se trató de una filtración de datos, sino de "extracción ilegal de información", realizada con los datos de usuario y contraseña de un extrabajador cuyo acceso no había sido eliminado del sistema.

Al no estar facultado para sancionar, el INAI dio vista al Órgano Interno de Control de la Oficina de Presidencia para que determinara "las responsabilidades administrativas que pudieran haberse originado en el actuar de servidores públicos". Aunque hasta ahora no se han comunicado acciones al respecto.

Durante este sexenio existió también un debilitamiento deliberado del INAI al reducir su presupuesto un 24% entre 2018 y 2023, pues pasaron de 1 mil 475 millones a 1 mil 168 millones de pesos.

Además este órgano estuvo inhabilitado por 151 días en 2023 por falta de quórum, debido a que el Senado de la República, con mayoría morenista, no ha nombrado a los tres comisionados vacantes. Un hecho por el que la Suprema Corte declaró desacato de este órgano legislativo.

Del Río Venegas expuso que actualmente el INAI sesiona con solo cuatro de los 7 comisionados que requiere el instituto, por lo que se han visto obligados a redoblar esfuerzos y cargas de trabajo.

Como te contamos en esta nota, la administración de López Obrador tampoco cumplió su promesa de ser "el gobierno más transparente", pues reservó repetidamente información de megaobras como el Tren Maya, Dos Bocas e incluso la venta del avión presidencial.

A poco tiempo de iniciar el siguiente sexenio, la reforma que busca extinguir al INAI dejará la transparencia a cargo de la Secretaría de la Función Pública, que según los datos del instituto se encuentra entre las 10 dependencias con más medios de impugnación en el país.

Las "mañaneras" en el gobierno de AMLO

Con las conferencias matutinas, conocidas como "mañaneras", el mandatario mexicano infringió la ley electoral al difundir propaganda gubernamental durante periodos electorales, que están marcados como prohibidos. Con eso vulneró los principios de imparcialidad y neutralidad durante las contiendas.

La Sala Superior confirmó la existencia de una vulneración a estos principios en al menos 9 "mañaneras", de acuerdo con una revisión de El Sabueso en la página oficial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), durante el periodo 2021 a 2024.

Y en por lo menos 14 conferencias matutinas la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido. Los casos señalados involucran los procesos electorales de 2020-2021 y 2023-2024, así como la revocación de mandato en 2022.

Como te contamos en esta nota, la Sala Superior ratificó que el presidente López Obrador y Alicia Bárcena Ibarra, titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), incurrieron en "difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido", "vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad", y "uso indebido de recursos públicos" por los anuncios en la "mañanera" del 21 de marzo de 2024.

En dicha conferencia, López Obrador y Bárcena Ibarra presentaron el programa "Vuelta a la Patria", un convenio con Venezuela para repatriar ciudadanos, la entrega de apoyos a migrantes y su integración a programas del Bienestar, lo que el Instituto Nacional Electoral (INE) consideró como una vulneración a los artículos 41 y 134 de la Constitución, por lo que ordenó bajar el contenido. Aunque la SRE impugnó, la Sala Superior confirmó la sentencia.

En las conferencias matutinas del 10, 11, 14 y 17 de julio de 2023, la Sala Superior del TEPJF resolvió que hay expresiones de López Obrador que pudieran constituir violencia política de género en contra de Xóchitl Gálvez, la entonces aspirante presidencial de la alianza Frente Amplio por México.

El TEPJF ordenó a la Comisión del INE emitir un nuevo acuerdo, en el cual se tomara en cuenta la utilización de estereotipos de género en las conferencias matutinas mencionadas para determinar las medidas cautelares.

También en junio de 2023, la Sala Superior del TEPJF confirmó la orden de realizar todas las acciones pertinentes para eliminar y/o modificar el contenido denunciado respecto a la "mañanera" del 24 de mayo de aquel año. En esa conferencia, López Obrador acusó a las estaciones de radio de querer influir en las elecciones del Estado de México y emprender una campaña contra el gobierno.

Mientras que en julio de 2021, la Sala Superior ratificó la sentencia de la Sala Regional Especializada que resolvió que la conferencia matutina del 9 de abril de 2021 constituyó la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido en el contexto del proceso electoral federal 2020-2021.

Jesika Torres, maestra en Derecho por la UNAM y especialista en temas electorales, señaló en entrevista que es la primera vez en México que se implementan las "mañaneras", un ejercicio en el cual el presidente expresó de manera continua, sobre todo en los procesos electorales, su apoyo al "movimiento o proyecto de transformación".

"Estas 'mañaneras' en varias ocasiones vulneraron los artículos 41 y 134 de la Constitución", expuso la especialista.

Dichos artículos en la Constitución establecen que la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan los poderes públicos, órganos autónomos, dependencias y entidades de la administración pública debe ser institucional y con fines informativos, educativos o de orientación social. No puede incluir nombres, imágenes, voces o símbolos que promuevan a servidores públicos.

"Hay que tener presente que en materia electoral no hay un superior jerárquico más allá del Presidente de la República. Por ello, aunque existen sanciones y resoluciones que ordenan retirar contenido de redes sociales, plataformas digitales y medios de comunicación tradicionales como radio y televisión, no existe una sanción contundente o firme contra quien ocupa la presidencia, porque no hay un superior jerárquico. Entonces hasta ahí se queda lamentablemente", refirió la especialista.

El 5 de septiembre de este año, la Sala Regional Especializada del TEPJF determinó que en 31 "mañaneras" López Obrador vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad exigidos a toda persona servidora pública en el contexto del proceso electoral federal. Sin embargo, apuntó que los dichos del mandatario mexicano no influyeron en la elección del 2 de junio.

Respecto a este caso, previamente la Sala Superior había ordenado a la Sala Regional Especializada hacer un nuevo análisis sobre 37 "mañaneras" denunciadas. Concluyó que una de ellas, ya había caducado, pero de las 36 restantes, determinó que en 31 se vulneraron los principios señalados. Lo anterior, porque López Obrador abordó una postura crítica a los partidos políticos de oposición y la designación de Xóchitl Gálvez como representante del Frente Amplio por México.

Además, consideró que en tres conferencias matutinas, el mandatario hizo manifestaciones que implicaron promoción personalizada a favor de Claudia Sheinbaum al destacar cualidades personales y profesionales con el fin de apoyar sus pretensiones electorales.

"Si la Sala Superior instruye a la Sala Regional Especializada volver a analizar y resolver sobre ese punto, nuevamente puede venir a la Sala Superior el asunto si es que esa resolución de la Regional no le convence a los recurrentes", explicó Jesika Torres sobre ello.

El pasado 12 de agosto, Claudia Sheinbaum Pardo confirmó que en su mandato continuarán las conferencias matutinas, las cuales, de acuerdo con lo dicho por la presidenta electa, se llevarán a cabo en Palacio Nacional a las 7 de la mañana.

Aumento de la prisión preventiva oficiosa

Durante su sexenio, López Obrador ha insistido en incrementar el número de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, que encarcela en automático a los acusados de un delito. Aunque esta medida cautelar ha sido calificada por especialistas y organizaciones internaciones como una violación a los derechos humanos.

La reforma del presidente pretende incluir otros seis delitos al listado constitucional en 2024, a pesar de que dos sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentadas en 2023 consideraron que la prisión preventiva oficiosa debe dejar de aplicarse en el país.

La figura de prisión preventiva oficiosa se incluyó en el artículo 19 de la Constitución desde 2008, pero el crecimiento más reciente de su catálogo de ilícitos se dio en 2019, el primer año del sexenio de López Obrador.

Previo a su aprobación, la ONU advirtió al Congreso que "la prisión preventiva oficiosa viola el derecho de la presunción de inocencia y el derecho a la libertad de las personas que son sujetas a esta medida".

A pesar de la advertencia, la reforma se aprobó y, como te contamos en esta investigación, entre 2019 y 2020, la prisión preventiva aumentó 25.7% en el país respecto a los dos años anteriores. Eso se tradujo en 300 personas encarceladas al día, la mayoría en una situación económica vulnerable.

Entre 2017 y 2023, las personas privadas de su libertad sin sentencia en México han incrementado 13%, según datos del Inegi. Además, en el último año se registró que 44 de cada 100 personas en esta situación estaban encarceladas bajo la figura de prisión preventiva oficiosa.

En medio de estos resultados, el presidente propuso que los delitos de extorsión, narcomenudeo, la producción, distribución y enajenación ilícita de drogas sintéticas, el contrabando, la defraudación fiscal y la emisión ilícita de comprobantes fiscales se unieran a la lista de la prisión preventiva oficiosa.

En una de sus sentencias, la Corte Interamericana explicó que esta figura, para delitos de cierta gravedad, se aplica sin llevar a cabo un análisis de la necesidad de la cautela en cada caso.

Y sobre esto, la Unidad de Defensa Penal del Instituto Federal de Defensoría Pública destacó que "basta que el Ministerio Público acuse a la persona (de alguno de los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa) para privarla de su libertad e ingresarla a un centro penitenciario aún y cuando, se supone, es inocente hasta que se demuestre lo contrario".

Evaden obligación de nombrar magistrados

Durante casi nueve meses el Senado de la República desacató la orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que los obligaba a nombrar a dos magistrados faltantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), encargados de resolver temas sobre elecciones federales.

El desacato ocurrió después de que López Obrador dirigió un mensaje hacía los senadores de la bancada morenista y aliados para pedir que no se votaran por las ternas propuestas, pues serían espacios ocupados por "el bloque conservador".

La sala trabajó de manera incompleta desde noviembre de 2023 debido a que se terminaron los periodos de los magistrados José Luis Vargas e Indalfer Infante. Fue hasta el 18 de julio de 2024 que designaron en la sexta magistratura a Claudia Valle Aguilasocho, de la Sala de Monterrey.

Los senadores hicieron la sexta designación, debido a que estaba en juego la declaración de validez como presidenta de Claudia Sheinbaum, pues el artículo 167 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que para sesionar y validar candidaturas se necesita por lo menos de la presencia de seis de los siete magistrados.

Reformas que la Corte declaró inconstitucionales

Durante la administración de Andrés Manuel López Obrador, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) intervino para detener acuerdos y reformas impulsadas por el presidente al considerar que violaban la Constitución.

En noviembre de 2021, el Pleno de la Corte declaró por unanimidad inconstitucional la ampliación por dos años del periodo de Arturo Zaldívar como ministro presidente de la SCJN, y de los consejeros de la Judicatura.

La Corte determinó que debían dejar los cargos correspondientes conforme al plazo originalmente determinado en el momento de su nombramiento, es decir, cuatro y cinco años, respectivamente.

Bernardino Esparza, especialista constitucionalista de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Salle, explicó que cuando la Corte declara una acción de inconstitucionalidad, significa que una reforma, acuerdo o ley no respeta los derechos y principios establecidos en la Constitución.

Recordó la llamada "Ley Zaldívar", el caso mencionado: "Lo de Zaldívar, de la ampliación de mandato, se desechó, se fue para abajo. Se quedó como inconstitucional".

En abril de 2023, la Corte declaró inconstitucional e invalidó la reforma aprobada en 2022 que buscaba establecer que la Guardia Nacional (GN) estuviera bajo el mando de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

Los legisladores de oposición que promovieron el recurso argumentaron que las modificaciones a la ley de la Guardia Nacional y a la del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, contravenía lo establecido en el artículo 21 de la Constitución y provocaba que la Guardia Nacional se militariza en lugar de ser una institución civil. Ahora, un año y medio después, Morena usó su mayoría en el Congreso de la Unión para cambiar directamente la Constitución y formalizar su paso a la Sedena.

Otro revés importante ocurrió en mayo de 2023, cuando la Corte invalidó el acuerdo presentado por López Obrador donde hacía una declaratoria de interés público y seguridad nacional respecto a proyectos y obras como el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), el Tren Maya y la refinería de Dos Bocas.

Como te contamos en esta nota, se concluyó que al "otorgar la autorización provisional" de dictámenes, permisos o licencias, se generó incertidumbre respecto a las obligaciones y procedimientos establecidos en las leyes, lo que es inconstitucional.

La Corte también anuló la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 9 de marzo de 2021, la cual otorgaba una ventaja competitiva a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las empresas privadas.

En enero de 2024, resolvió que el orden de "preferencia" con el que se pretendía realizar el despacho de energía eléctrica, regulado en la nueva ley, transgrede los principios de competencia y libre concurrencia.