Avala Corte acuerdo de la SEP que flexibiliza evaluación en educación básica


Resumen:

Niegan amparo a colegio privado contra la norma.

Transcripción:

Avala Corte acuerdo de la SEP que flexibiliza evaluación en educación básica

Niegan amparo a colegio privado contra la norma

IVÁN EVAIR SALDAÑA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló ayer el Acuerdo 10/09/03 de la Secretaría de Educación Pública (SEP), que flexibiliza la evaluación en educación básica del país —en escuelas públicas y privadas— al impedir la reprobación automática por no aprobar todas las materias y eliminar el requisito mínimo de asistencia.

Por unanimidad, el pleno aprobó el proyecto de la ministra Lenia Batres, que negó el amparo al Colegio Roble contra la norma de la SEP, vigente desde septiembre de 2023, al considerar que es constitucional porque garantiza la calidad educativa y el interés superior de la niñez a prevenir la exclusión escolar, y se alinea con sistemas como los de Dinamarca y Finlandia, donde la evaluación no depende estrictamente de calificaciones numéricas.

"La educación de excelencia no se agota en registros de asistencias o en acreditaciones de asignaturas o grados mediante mediciones numéricas cuantitativas, pues esa perspectiva resulta reduccionista frente a la complejidad y pluralidad de factores que integran este principio, que incide en la formación de más de 23 millones 358 mil 341 alumnas y alumnos de nuestro país", argumentó la ponente.

El acuerdo 10/09/03 redefinió la educación básica al sustituir la evaluación numérica por un modelo integral y gradual: organiza 12 grados en seis fases y cuatro campos formativos, permite la promoción automática en prescolar y primer grado sin promedios, flexibiliza la reprobación en secundaria —sólo se repite el año con cinco o más materias no acreditadas; con menos permite la regularización— y elimina la asistencia como requisito decisivo.

El Colegio Roble impugnó la norma argumentando que vulnera el derecho a una educación de excelencia, previsto en el artículo 3o. de la Constitución, al introducir criterios más laxos y regresivos de evaluación y promoción en primaria y secundaria.

El asunto generó posturas encontradas sobre la eliminación del requisito de asistencia mínima para acreditar el grado escolar. El ministro presidente Hugo Aguilar sostuvo que la norma no es regresiva, pues la excelencia educativa no depende sólo de la asistencia o las calificaciones, sino de un enfoque integral del desarrollo infantil. "Asistencia no es igual que excelencia", agregó.

El ministro Irving Espinosa consideró que "si bien lo ideal es que todas las niñas, niños y adolescentes estén en las escuelas, debemos entender que por diversos factores, esto no siempre llega a ocurrir, y, sobre todo, no sólo en la ciudad, sino en el área rural".

Empero, el ministro Giovanni Figueroa sostuvo que eliminar la asistencia como requisito contradice la Constitución y normas internacionales.